El Cerrejón es la mina de carbón a cielo abierto más grande de América Latina y una de las mayores del mundo. Es operada por Carbones del Cerrejón, empresa registrada en Colombia de propiedad transnacional. La empresa tiene una concesión minera sobre un área de 69,000 Ha. y actualmente realiza actividades sobre 13,021. El área de influencia minera comprende las zonas urbanas y rurales de los municipios de Albania, Hatonuevo, Barrancas, Uribia, Maicao, Manaure, esto incluyendo las áreas de influencia de los 150 kilómetros de la vía férrea. Más del 50% de la población del área de influencia minera vive en zonas rurales.
Para continuar su proyecto de explotación la empresa proyectó intervenir parcialmente el cauce natural del Arroyo Bruno, pretendiendo desviar un tramo de 3.6 kilómetros a una distancia de 700 metros al norte de su cauce natural. El Cerrejón propuso públicamente en el año 2011 la desviación del cauce del Río Ranchería, en el marco de su proyecto de ampliación de explotación P500. Dicho proyecto programaba desviar el río 26.2 kilómetros para extraer 500 millones de toneladas de carbón. Tras la propuesta de desviación comunidades enteras rechazaron fuertemente la intervención de sus territorios. Posterior a esta fuerte oposición por parte de múltiples sectores locales, regionales y nacionales frente a la desviación del río, El Cerrejón pospuso temporalmente la iniciativa del proyecto argumentando la caída del precio del carbón en el mercado.
Ahora Cerrejón continuará con su proyecto de expansión P40, que tiene como objetivo elevar la producción de 32 a 40 millones de toneladas anuales a partir de 2015. Para llevar a cabo este crecimiento se contemplan inversiones de US$1.300 millones ampliando específicamente los Tajos de Oreganal, Tabaco y La Puente. Durante dichos proyectos de ampliación se pretende la desviación de múltiples arroyos (como lo son el Arroyo Los Estados, El Bruno y El Salado). De estas desviaciones la que está actualmente en el debate local y regional es lo que se pretende hacer con el Arroyo Bruno, ubicado entre los municipios de Albania y Maicao al sur del departamento.
El Cerrejón realiza actividades de extracción de carbón a cielo abierto hace más de treinta años en el Departamento de La Guajira. Para continuar su proyecto de explotación en el marco de las Nuevas Áreas Mineras (NAM), el cauce natural del Arroyo Bruno sería desviando de manera definitiva un tramo de 3.6 kilómetros a una distancia de 700 metros al norte de su cauce natural.
Para lograr la intervención del cauce, Cerrejón solicitó dos permisos ante la Corporación Autónoma de La Guajira (autoridad ambiental local) en 2013, uno para el aprovechamiento forestal y el otro para la ocupación del cauce. El primer permiso fue concedido con restricciones, es decir, que no se concedió el permiso sobre el área total solicitada, basándose principalmente en la importancia de proteger los bosques de galería que rodean el arroyo así como algunas especies forestales vedadas. El permiso de ocupación del cauce no fue otorgado por la importancia de estos sistemas naturales para la región (Resolución 0096 del 20 de enero de 2014). Frente a la no obtención de los permisos en las condiciones solicitadas, la empresa se dirigió a la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), obteniendo la aprobación mediante Resolución No. 759 de 14 de Julio de 2014 y solicitando nuevamente los permisos a CORPOGUAJIRA para levantamiento de veda forestal, aprovechamiento forestal e intervención del cauce.
La ley 99 de 1993 había definido las licencias ambientales como las autorizaciones que se otorgan para la ejecución de un proyecto con impacto ambiental. El decreto 1753 de 1993 que reglamenta las licencias ambientales eximía de ellas a los proyectos que hubieran iniciado antes de 1993, como era el caso para la modificación del Arroyo Bruno. Por eso, la resolución de la ANLA no corresponde a una licencia ambiental, sino más bien, es un documento de control y seguimiento a un proyecto que requiere un Plan de Manejo Ambiental (PMA).
La modificación del Arroyo Bruno había sido aprobada mediante Resolución 670 de 27 de julio de 1998 por el Ministerio de Medio Ambiente e incluida en el PMA integral que autorizaba la desviación no sólo del Bruno, sino también del arroyo Tabaco, Cerrejón y el rio Palomino a la empresa, en ese entonces llamada International Colombia Resources Corporation (INTERCOR). Esta autorización entró en vigencia desde 2005, quedando supeditada a la entrega de la ingeniería de detalles. Por ser un proyecto que inició antes de 1993 no requeriría de licencia.
Los habitantes de la zona cuestionan los cimientos legales del proyecto, pues denuncian irregularidades en el proceso de consulta previa que fue realizado por el Ministerio del Interior en el año 2014. La consulta previa es el derecho que tienen los pueblos de decidir sus prioridades cuando se van a llevar a cabo actividades dentro de sus territorios. Las comunidades que se abastecen del arroyo Bruno señalan que el Ministerio solo consultó a la comunidad de Campo Herrera, la que, según su ubicación, no se vería afectada directamente por el desvío del arroyo.
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